Planes de Movilidad Urbana Sostenible - Observatorio de la movilidad en Cataluña (OMC)

Planes de Movilidad Urbana Sostenible

Municipios obligados a realizar un PMUS

Según la ley de la movilidad:

Según la Ley de Movilidad 9/2003, están obligados a realizar un plan de movilidad todos los municipios que cumplan al menos que:

  • Tengan más de 50.000 habitantes.
  • Sean capitales de comarca.

Según el Plan director de movilidad del Sistema Integrado de Movilidad Metropolitana de Barcelona:

Según el PDM del Sistema Integrado de Movilidad Metropolitana de Barcelona, ​​están obligados a realizar un plan de movilidad todos los municipios que:

Tengan más de 20.000 habitantes y pertenezcan al Sistema Integrado de Movilidad Metropolitana de Barcelona.

Según el Plan de Actuación de Mejora de la Calidad del Aire:

Según el Plan de Actuación de Mejora de la Calidad del Aire, están obligados a realizar un plan de movilidad todos los municipios que:

Los que determinan la propia Ley de Movilidad y el Plan Director de Movilidad corresponden a su ámbito territorial.

Los municipios incluidos en la Zona de especial protección del ambiente atmosférico no están obligados directamente a realizar un PMUS, pero si a realizar una serie de actuaciones de movilidad que hacen muy recomendable la realización de un PMUS. 

 

Fuente: Diputación de Barcelona

Más información