Planes de Movilidad Urbana Sostenible - Observatorio de la movilidad en Cataluña (OMC)
Planes de Movilidad Urbana Sostenible
Municipios obligados a realizar un PMUS
Según la ley de la movilidad:
Según la Ley de Movilidad 9/2003, están obligados a realizar un plan de movilidad todos los municipios que cumplan al menos que:
- Tengan más de 50.000 habitantes.
- Sean capitales de comarca.
Según el Plan director de movilidad del Sistema Integrado de Movilidad Metropolitana de Barcelona:
Según el PDM del Sistema Integrado de Movilidad Metropolitana de Barcelona, están obligados a realizar un plan de movilidad todos los municipios que:
Tengan más de 20.000 habitantes y pertenezcan al Sistema Integrado de Movilidad Metropolitana de Barcelona.
Según el Plan de Actuación de Mejora de la Calidad del Aire:
Según el Plan de Actuación de Mejora de la Calidad del Aire, están obligados a realizar un plan de movilidad todos los municipios que:
Los que determinan la propia Ley de Movilidad y el Plan Director de Movilidad corresponden a su ámbito territorial.
Los municipios incluidos en la Zona de especial protección del ambiente atmosférico no están obligados directamente a realizar un PMUS, pero si a realizar una serie de actuaciones de movilidad que hacen muy recomendable la realización de un PMUS.
Fuente: Diputación de Barcelona
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