El acceso de patinetes eléctricos al transporte público seguirá prohibido indefinidamente

El acceso de patinetes eléctricos al transporte público seguirá prohibido indefinidamente

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La ATM de Barcelona, de común acuerdo con los operadores de transporte público, aprueba mantener modificadas las condiciones generales de utilización de sus servicios para continuar contemplando de forma indefinida esta prohibición de acceso de estos vehículos de movilidad personal eléctricos (VMP) que rige desde el día 1 de febrero de 2023.

Persones usuàries al metro de Barcelona
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  • A pesar de haberse planteado y analizado diferentes medidas para reducir los riesgos derivados del acceso de los patinetes eléctricos y valorado si el riesgo alcanza un nivel tolerable en términos de seguridad de las personas usuarias, se ha concluido que, hoy por hoy, no se dan las garantías suficientes.
     
  • El grupo de trabajo operativo se mantendrá y cualquier cambio al respecto que pueda justificar una revisión del acuerdo de mantener la prohibición se elevará al consejo de administración de la ATM.

Barcelona, 20 de octubre de 2023.- La Autoridad del Transporte Metropolitano del área de Barcelona decide recomendar que se mantenga la prohibición de la entrada de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP), como los monociclos eléctricos, al transporte público de modo indefinido, por lo que la ATM insta a los operadores de transporte público a que la incorporen a las condiciones generales de utilización de sus servicios para continuar contemplando esta prohibición que rige desde el día 1 de febrero de 2023.

Se considera que la regulación aplicable a los VMP no aporta, a día de hoy, las suficientes garantías de seguridad para permitir su presencia en el transporte público. En este sentido, la ATM pedirá a las autoridades competentes que aceleren esta regulación y pongan especial acento en la seguridad de las baterías.

A pesar del conjunto de medidas analizadas para reducir el riesgo y el impacto, como pueden ser la limitación horaria por grados de ocupación, definición de zonas específicas de ubicación, limitación del número de vehículos, limitación del tamaño máximo, prohibición de carga en los vehículos u obligación de acceder juntos, no se ha podido establecer ningún escenario en el que no se mantenga un factor de riesgo muy elevado no tolerable por los operadores de transporte público en cuanto a su responsabilidad en la seguridad de las personas usuarias.

Hay que tener presente que el impacto de una deflagración de una batería de estos VMP en el transporte público puede ser muy elevado, sobre todo por la alta densidad de viajeros en determinadas franjas horarias cada vez más amplias, la presencia de túneles en el caso del sistema ferroviario o la imposibilidad de evitar la coincidencia de los VMP con personas vulnerables como personas con movilidad reducida, niños y bebés.

Este escenario general de riesgo -de baja de probabilidad, pero de alta severidad- se concluye a partir de los resultados del grupo de trabajo de operación del Comité de Coordinación de Emergencias del Transporte Público de la ATM. Estas conclusiones indican que el fenómeno mediante el cual se produce el incendio de una batería es el embalamiento térmico (thermal runaway); un proceso de degradación extremadamente rápido en el que se catalizan toda una serie de reacciones químicas exotérmicas que generan fuego, humo, emisión de gases, fragmentación y explosión. Además, los estudios realizados también concluyen que el riesgo de que se produzca este fenómeno puede incrementarse cuando la batería que alimenta el VMP se ve sometida a condiciones de manipulación del software, sobrecarga o sobredescarga de la batería o daños físicos, vinculados a la posición de la batería en la parte inferior de la plataforma.

Objetivo de garantizar la intermodalidad de los VMP

La decisión tomada, que siempre ha tenido en cuenta aspectos esenciales de salud pública y primando en todo momento el principio de seguridad, mantiene igualmente el objetivo final de favorecer la intermodalidad. En este sentido, la ATM insta a las administraciones y operadores de transporte público a continuar incentivando la incorporación de aparcamientos intermodales para patinetes eléctricos y VMP eléctricos cercanos a las estaciones de transporte público. Durante este período de prohibición ya se han habilitado progresivamente plazas de aparcamiento de patinetes en las estaciones ferroviarias e intercambiadores de bus.

Continuarán los trabajos técnicos del grupo de trabajo operativo

Por otra parte, la ATM también ha tomado la decisión de mantener el grupo de trabajo operativo para continuar analizando la máxima convivencia posible de ambos modos de transporte, a la vez que se encarga a los servicios técnicos del consorcio la realización de un seguimiento de la normativa y tecnología relativas a los patinetes eléctricos y VMP eléctricos y su seguridad. En este sentido, cualquier cambio al respecto que pueda justificar una revisión del acuerdo de mantener la prohibición indefinida, se elevará al consejo de administración de la ATM.

Comunicación e información a las personas usuarias

Desde el día 1 de febrero los operadores de transporte público y las administraciones titulares de sus servicios informan, a través de todos sus canales, de la prohibición temporal de acceder con patinete o monociclo eléctrico (incluso si está plegado) a sus instalaciones y vehículos.

El soporte gráfico de la información será la siguiente señal:


 

Sanción administrativa

Las denuncias que formulen los equipos de intervención de los operadores de transporte público, por incumplimiento de la prohibición de transportar patinetes y monociclos eléctricos en los vehículos e instalaciones, una vez pasada la barrera tarifaria, supondrán una sanción de 200 euros.

Antecedente de la prohibición temporal

Como consecuencia de la explosión de un patinete eléctrico en un vagón de Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya el pasado 17 de noviembre, el Consejo de Administración de la ATM decidió, en su reunión de 19 de diciembre de 2022, instar a los operadores de transporte público a la modificación de las condiciones generales de utilización de sus servicios de forma que incluyan la prohibición temporal del acceso al transporte público de los patinetes eléctricos y otros vehículos eléctricos de movilidad personal (monociclos).

Esta decisión se tomó bajo el principio de seguridad preventiva que rige para los operadores en cuanto a la protección de las personas usuarias, del personal que trabaja en el servicio de transporte público y sus instalaciones. De esta forma, se optó por no permitir el acceso de estos vehículos hasta que no se concluyera en qué condiciones se podía garantizar la seguridad de estos vehículos de movilidad personal.

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